En todo Estados Unidos, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) ya ha comenzado a intensificar sus operaciones de control, incluidas redadas muy publicitadas. Mientras las comunidades de inmigrantes, las familias, los aliados y los activistas piensan en qué se puede hacer para cambiar la política y proteger a las personas, una cosa es segura: al igual que grabar a la policía mientras actúa, tienes derecho a grabar al ICE, siempre y cuando no obstruyas el cumplimiento de sus funciones oficiales.
Grabar a los agentes del ICE mientras realizan una detención o se concentran en tu ciudad ayuda a promover la transparencia y la rendición de cuentas de un sistema que a menudo se basa en la intimidación y el secretismo y encubre los abusos y las infracciones de la ley.
Si bien es fundamental que la gente contribuya a la transparencia y la rendición de cuentas, hay que tener en cuenta algunas consideraciones y precauciones. Para obtener una guía detallada elaborada por organizaciones que están en primera línea informando a las personas que desean grabar las interacciones del ICE con el público, consulten estos útiles recursos elaborados por el equipo de WITNESS y NYCLU.
En la EFF, estas son nuestras directrices generales a la hora de grabar a las fuerzas del orden, incluido el ICE:
Qué hay que saber al grabar a las fuerzas del orden
- Tienes derecho a grabar a los agentes de las fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones oficiales en público.
- Mantén la calma y sé cortés.
- No interfieras con las fuerzas del orden. Si eres un transeúnte, mantente a una distancia segura de la escena que estás grabando.
- Puedes tomar fotos o grabar vídeo y/o audio.
- Las fuerzas del orden no pueden ordenarte que te marches por el hecho de estar grabando, pero pueden ordenártelo por razones de seguridad pública, incluso si estás grabando.
- Las fuerzas del orden no pueden registrar tu teléfono móvil u otro dispositivo sin una orden judicial basada en una causa probable, incluso si estás bajo arresto. Por lo tanto, puedes negarte a que un agente revise o borre lo que has grabado. También puedes negarte a desbloquear tu teléfono o a facilitar tu contraseña.
- A pesar de que ejerzas razonablemente tus derechos amparados por la Primera Enmienda, los agentes de las fuerzas del orden pueden tomar represalias ilegales contra ti de diversas formas, incluyendo el arresto, la destrucción de tu dispositivo y lesiones físicas. También pueden intentar tomar represalias dañando a la persona arrestada. Te instamos a que permanezcas alerta y consciente de esta posibilidad.
- Ten en cuenta la naturaleza delicada de la grabación en el contexto de un arresto por parte del ICE. La persona arrestada o sus seres queridos pueden estar preocupados por revelar su estatus migratorio, así que piensa en obtener su consentimiento o difuminar los rostros en cualquier versión que publiques para centrarte en la conducta del ICE (sin dejar de conservar el vídeo original).
Tu derecho a grabar a los agentes del orden público en el ejercicio de sus funciones oficiales en público, amparado por la Primera Enmienda
Tienes derecho a grabar a las fuerzas del orden, tal y como han reconocido y confirmado los tribunales federales y el Departamento de Justicia. Aunque el Tribunal Supremo no se ha pronunciado claramente sobre la cuestión, existe una larga jurisprudencia sobre la Primera Enmienda del alto tribunal que respalda el derecho a grabar a las fuerzas del orden. Y los tribunales federales de apelación de los circuitos Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo y Undécimo han confirmado directamente este derecho. La EFF ha defendido este derecho en numerosos escritos amicus curiae.
Los tribunales federales de apelación suelen enmarcar el derecho a grabar a las fuerzas del orden como el derecho a grabar a los agentes en el ejercicio de sus funciones oficiales en público. Este derecho se extiende también a los lugares privados en los que el grabador tiene derecho a estar, como su propio domicilio. Sin embargo, si el agente de las fuerzas del orden está fuera de servicio o se encuentra en un espacio privado en el que no tienes derecho a estar, tu derecho a grabarlo puede verse limitado.
Consideraciones especiales para la grabación de audio
El derecho a grabar a las fuerzas del orden incluye inequívocamente el derecho a tomar fotografías y grabar vídeos. Existe una complicación legal adicional cuando se graba audio, ya sea con o sin vídeo. Algunos agentes de las fuerzas del orden han argumentado que grabar audio sin su consentimiento viola las leyes sobre escuchas telefónicas. Los tribunales han rechazado en general este argumento. El Séptimo Circuito, por ejemplo, sostuvo que la ley de escuchas telefónicas de Illinois violaba la Primera Enmienda en lo que se refiere a la grabación de audio de policías en servicio.
Existen dos tipos de leyes sobre escuchas telefónicas: las que exigen que «todas las partes» de una conversación den su consentimiento para la grabación de audio (12 estados) y las que solo exigen el consentimiento de «una de las partes» (38 estados, el Distrito de Columbia y la ley federal). Por lo tanto, si te encuentras en un estado en el que se requiere el consentimiento de una de las partes y te ves involucrado en un incidente con las fuerzas del orden (es decir, eres una de las partes de la conversación) y deseas grabar el audio de esa interacción, tú eres la parte que da su consentimiento para la grabación y no necesitas el consentimiento del agente de las fuerzas del orden. Si te encuentras en un estado de consentimiento de todas las partes y tu teléfono móvil o dispositivo de grabación está a la vista, tu grabación de audio abierta pone al agente sobre aviso y, por lo tanto, su consentimiento podría ser implícito.
Además, las leyes sobre escuchas telefónicas, tanto en los estados de consentimiento de todas las partes como en los de consentimiento de una sola parte, suelen prohibir únicamente la grabación de audio de conversaciones privadas, es decir, cuando las partes de la conversación tienen una expectativa razonable de privacidad. Los agentes de la ley que ejercen sus funciones oficiales, especialmente en público, no tienen una expectativa razonable de privacidad. Tampoco la tienen los civiles que se encuentran en lugares públicos y hablan con las fuerzas del orden de manera audible para los transeúntes. Por lo tanto, si eres un transeúnte, puedes grabar legalmente la interacción de un agente con otra persona, independientemente de si te encuentras en un estado con una ley de escuchas telefónicas que requiera el consentimiento de todas las partes o de una sola parte. Sin embargo, debes tener en cuenta que las detenciones del ICE pueden revelar el estatus migratorio de la persona detenida o de sus seres queridos. Como dice WITNESS: «Es importante tener en cuenta la privacidad y la dignidad de la persona que es objeto de la actuación policial. Es posible que no quiera ser grabada o que se difunda el vídeo públicamente. Siempre que sea posible, establece contacto visual o comunícate con la persona detenida para hacerle saber que estás allí para observar y documentar el comportamiento de la policía. Respetá siempre sus deseos si te piden que dejes de grabar». También podés considerar la posibilidad de difuminar los rostros para centrarte en la conducta del ICE si publicás el vídeo en Internet (conservando la versión original).
Además, es importante saber si se puede grabar en secreto a las fuerzas del orden (ya sea con fotos, vídeo o audio), dado que los agentes pueden tomar represalias contra las personas que los graban abiertamente. Al menos un tribunal federal de apelación, el Primer Circuito, ha confirmado el derecho de la Primera Enmienda a grabar en secreto a las fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones oficiales en público. Por otra parte, el Noveno Circuito ha confirmado recientemente la ley de Oregón que prohíbe en general las grabaciones secretas de conversaciones en persona sin el consentimiento de todos los participantes, y solo permite las grabaciones de conversaciones en las que participan agentes de policía si «la grabación se realiza abiertamente y a la vista de los participantes en la conversación». A menos que te encuentres dentro de la jurisdicción del Primer Circuito (Maine, Massachusetts, New Hampshire, Puerto Rico y Rhode Island), probablemente sea mejor que tu dispositivo de grabación esté a la vista de los agentes de policía.
No interfieras con las fuerzas del orden
Si bien el peso de la autoridad legal establece que las personas tienen el derecho, amparado por la Primera Enmienda, de grabar a las fuerzas del orden, los tribunales también han establecido una advertencia importante: no se puede interferir con los agentes que están realizando su trabajo.
El Séptimo Circuito, por ejemplo, dijo: «Nada de lo que hemos dicho aquí exime de responsabilidad a los comportamientos que obstaculizan o interfieren con la aplicación efectiva de la ley o la protección de la seguridad pública». El tribunal afirmó además: «Si bien es cierto que un agente no puede ordenar a una persona que se marche por el hecho de estar grabando, la policía puede ordenar a los transeúntes que se dispersen por razones relacionadas con la seguridad y el orden públicos y otras necesidades legítimas de aplicación de la ley».
La transparencia es fundamental
Si bien el gran número de deportaciones es una constante en los Estados Unidos, independientemente de quién sea el presidente o qué partido esté en el poder, la administración actual parece estar haciendo visible al ICE en las ciudades y llevando a cabo redadas llamativas para sembrar el miedo entre las comunidades de inmigrantes. En concreto, existe la preocupación de que esta administración esté apuntando a personas que ya están bajo supervisión gubernamental mientras esperan su día en los tribunales. Es importante dar testimonio y documentar la presencia y las acciones del ICE en sus comunidades y barrios. Ustedes tienen derechos, y uno de ellos es el derecho protegido por la Primera Enmienda a grabar a los agentes del orden, incluidos los agentes del ICE.
Sin embargo, el hecho de que tengas ese derecho no significa que las fuerzas del orden siempre lo reconozcan y lo respeten en ese momento. Mantente a salvo y alerta. Si tenés motivos para pensar que tus dispositivos podrían ser confiscados o que podrías correr el riesgo de ser vigilado, asegúrate de consultar nuestras guías de autodefensa contra la vigilancia y nuestra guía de campo para identificar y comprender las herramientas de vigilancia que pueden emplear las fuerzas del orden.